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Detectives privados en León

Megadetectives es una agencia de detectives cercana, eficiente y profesional que ofrece sus servicios en León y cercanías.

Nuestro leimotiv como agencia de detectives privados en León consiste en lograr unos resultados eficaces frente a la demanda de nuestros clientes del servicio de la forma más profesional y confidencial.

Para ello contamos con un gran equipo, variado y especialista.

Empleamos la última tecnología para conseguir el mayor número posible de pruebas y así que su caso tenga solución al 100 por cien .

SERVICIOS

PREGUNTAS FRECUENTES

JURISPRUDENCIA APLICABLE

Contacta con nosotros

  • Puedes contactar con nosotros en el teléfono 679 64 32 75 (24/7) o en el siguiente formulario

detectives privados

Servicios de detectives para particulares en León

Aportamos información y pruebas sobre conductas y hechos de campo privado-familiar que sean de su interés o bien sean necesarios para aportarlos como pruebas.

Le daremos la solución que más se amolda a su caso:

Ofrecemos a nuestros clientes la mayor discreción y profesionalidad para solventar sus demandas. Siempre y en todo momento escuchamos los requerimientos de nuestros clientes del servicio y nos acoplamos a sus demandas y también intereses en todos y cada momento, respetando nuestro código ético y manteniéndonos dentro de la legalidad.

Varios de los servicios que ofrecemos son:

  • Revisión y cumplimiento de medidas
  • Conductas en custodias
  • Impago de pensiones
  • Pensiones compensatorias
  • Infidelidades
  • Control de menores
  • Conductas inciertas o malas compañías
  • Malos tratos a menores, ancianos o bien personas dependientes
  • Localizaciones de personas
  • Violencia doméstica o de género
  • Problemas de drogas
  • Vigilancia y grabación de vídeo como securización de casas

Servicios para empresas en León

Aportamos nuestro conocimiento y experiencia para efectuar investigaciones en situaciones fraudulentas dentro de la compañía o su ambiente.

Estas investigaciones se realizan sobre los 3 pilares fundamentales del ámbito empresarial que son el campo económico, el laboral y la protección de la información.

Toda empresa sabe que un buen desempeño de sus trabajadores va a ser de importante beneficio para ella, por eso nuestro trabajo consiste en efectuar informes sobre sus trabajadores en referencia al comportamiento laboral, competencia desleal, incumplimiento contractual, entre otros muchos, con el propósito de obtener el rendimiento empresarial deseado.

Asimismo estudiamos todas las fugas de información en las que pueda verse implicada la compañía. Una buena protección de su información más reservado, va a ayudar a no tener complicaciones en el futuro.

Estos dos problemas juntos pueden acarrear un perjuicio económico muy importante para su empresa.

Los servicios de investigación para empresas que ofrecemos:

  • Conflictos laborales
  • Deslealtad profesional
  • Informes comerciales
  • Bajas fingidas
  • Fugas de información
  • Control de activos
  • Investigación financiera
  • Competencia infiel
  • Propiedad Industrial
  • Propiedad Intelectual
  • Control de la pérdida ignota
  • Otros servicios

Servicios para bufetes de abogados en León

Conseguimos información y pruebas lícitas que ofrezcan a los letrados ofrecer las máximas garantías a sus usuarios frente a un procedimiento judicial.

Aportamos pruebas en materia de Derecho Laboral, Civil, Mercantil y Penal como la elaboración de peritaciones sobre pruebas de ADN, Dactiloscopia, Documentoscopia, etc.

Ofrecemos nuestros servicios de investigación para letrados centrándonos en la consecución de los propósitos marcados por el equipo legal y también procurando aportar posibles soluciones alternativas basadas en nuestra experiencia.

Nuestro trabajo gira siempre y en todo momento entorno a los intereses de nuestros clientes del servicio, haciendo nuestras sus necesidades y esforzándonos en darle el mejor servicio que requiera.

Servicios para mutuas y compañías de seguros en León

Comprobamos la situación real de los lesionados ayudando de esta manera, a la exterminación del fraude.

Servicios a Mútuas

ITCC, Autónomos y Cuenta Propia:

  • Comprobación de actividad laboral
  • Realización de actividades incompatibles con el tratamiento médico
  • Realización de actividades laborales en situación de baja médica

Accidentes de trabajo

  • Control de lesionados
  • Realización de actividades incompatibles con el tratamiento médico.
  • Realización de actividades laborales en situación de baja médica
  • Realización de actividades incompatibles con con la baja médica.
  • Verificación de accidentes laborales
  • Verificación de las secuelas
  • Verificación del grado de incapacidad

Servicios a Aseguradoras

  • Control de lesionados
  • Control de recuperaciones y riesgo
  • Daños en general
  • Declaraciones de los implicados
  • Preexistencia de lesiones
  • Reconstrucción de siniestros
  • Responsabilidad en incendios
  • Responsabilidad en robos
  • Secuelas y daños reclamados
  • Simulación de enfermedades
  • Simulación de siniestros
  • Vinculación entre las partes perjudicadas en el siniestro
  • Seguros de vida

Servicios y soluciones tecnológicas de vigilancia en León

Disponemos de las más novedosas y avanzadas tecnologías, obteniendo de esta forma, los resultados más eficientes.

  • Barridos electrónicos
  • Fugas de información
  • Colocación de cámaras ocultas
  • Informática forense
  • Preservación de la prueba electrónica
  • Geoposicionamiento

Servicios de peritaje en León

Desde nuestro laboratorio de criminalística, examinamos e identificamos las pruebas, emitiendo después, el informe pertinente con los resultados conseguidos.

  • Pericia| caligráfica.
  • Documentoscopia.
  • Dactiloscopia.
  • Pruebas de ADN.
  • Consumo de estupefacientes.

Vigilancia no uniformada en León

Hay determinados servicios de vigilancia y seguridad que han de ser ejercidos sin uniforme y por consiguiente pueden ser llevados a cabo por detectives, teniendo presente que son testigos cualificados según sentencia del tribunal supremo.

Nuestro objetivo es evaluar, estudiar y administrar los peligros que se encuentra sometido una persona, un bien o bien el ambiente para ofrecer la mayor seguridad posible a cualquier evento o centro de gran concurrencia.

Estos servicios se asimilan al personal de seguridad privada, mas el art. 1.2 LSP faculta a los detectives privados para efectuar funciones de seguridad privada, pese a que su función diste bastante de la del resto del personal de esta categoría.

Hay determinados servicios de vigilancia y seguridad que deben ser ejercidos sin uniforme y por consiguiente no pueden ser realizadas por vigilantes de seguridad, solo por detectives, uno de los puntos por lo que somos únicos y exclusivos para realizar estos servicios.

Servicios de vigilancia no uniformada para:

  • Ferias
  • Hoteles
  • Grandes superficies comerciales
  • Exposiciones y congresos
  • Convenciones y certámenes
  • Grandes espectáculos
  • Cruceros de lujo
  • Ámbitos equivalentes

¿Exactamente en qué consiste el trabajo de vigilancia no uniformada?

  • Verificación de personal contratado
  • Identificación y obtención de pruebas gráficas de posibles irregularidades
  • Realizamos Contra-vigilancia y seguridad en eventos de pública concurrencia
  • Vigilamos el comportamiento de los empleados en sus actividades profesionales
  • Comprobamos la adecuación del establecimiento a las políticas de empresa
  • Evitamos la comisión de actos delictivos o bien infracciones administrativas con relación a el   objeto de protección, hacemos las comprobaciones necesarias para prevenirlos o bien impedir consumación, a través de el control sobre posibles latrocinios, boicots y daños materiales.
  • Nos oponemos a exactamente los mismos e Intervenir cuando presenciamos la comisión de algún tipo de infracción o bien fuera preciso por razones humanitarias o bien de urgencias.
  • Detenemos y ponemos de manera inmediata a predisposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad eficientes a los criminales o bien infractores con relación a el objeto de su protección o de su actuación, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos o infracciones administrativas
  • Impedimos la entrada de personas no autorizadas al recinto.
  • Comprobación de identidad, cuando sea preciso.
  • Vigilamos y controlamos el comportamiento de los asistentes.

Servicios de investigación sobre arrendamientos urbanos en León

Solventamos todos y cada uno de los problemas en los que pueda verse perjudicado en el entorno de la vivienda. Nuestro trabajo se fundamenta en la obtención de pruebas que demuestren las irregularidades producidas en el marco del alquiler urbano.

Servicio y actuación en casos de:

  • Duplicidad de domicilios para sostener una renta antigua
  • Subarriendos y subrogaciones indebidas
  • Dedicación de la vivienda o local comercial para fines diferentes al estipulado en el contrato
  • Incumplimiento de contrato
  • Cesiones y traspasos ilegales
  • Alquiler de habitaciones por parte del inquilino
  • Ejecución de obras sin permiso del arrendador
  • Falta de ocupación
  • Pruebas para desahucios
  • Localización de inquilinos deudores

Preguntas usuales sobre los servicios de detectives privados en León

¿Qué valía legal tienen las pruebas aportadas por un detective privado?

Las pruebas aportadas por los detectives privados son absolutamente válidas ante cualquier tribunal de justicia, como establece la Ley 23/1992, y el Real Decreto 2364/1994.

¿Cómo sé si un investigador privado está habilitado para hacer su trabajo?

Todo detective privado debe de tener en su posesión una tarjeta de Identificación Profesional (TIP) la que lo identifica a través de un número profesional y el número de su DNI.

La actividad de todo investigador privado está regulada por la Dirección General de la Policía que depende del Ministerio del Interior.

¿A qué género de empresas puedo encargar una investigación privada?

Según la legislación actual, la única figura legitimada para efectuar investigaciones de hechos privados es el investigador privado.

Todo detective privado ha de estar capacitado y en posesión de su Tarjeta de Identificación Profesional (TIP) que garantiza un servicio fiable, eficiente y de calidad.

Esta Tarjeta de Identificación Profesional la otorga el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía después de haber superado su capacitación.

¿Puedo encargar una investigación sobre cualquier persona?

Las investigaciones efectuadas por un detective privado solo se pueden efectuar sobre cualquier persona física o jurídica en relación con , así sea familiar, contractual y/o laboral.

¿Lo que cuente al detective es confidencial?

El detective tiene un compromiso de confidencialidad de todos los datos que le aporte y de los que él descubra desde el momento en el que los aporta para la investigación.

¿Me puede denunciar una persona por ponerle un detective privado?

No, los detectives privados son las únicas figuras legales habilitadas para efectuar esta clase de investigaciones y seguimientos.

¿Puedo solicitar como costas judiciales la factura del detective?

Si, mas depende siempre y en todo momento de la sentencia del juez y si considera la aportación del detective como indispensable en el juicio, por lo que no se debe contar con esto desde el principio del proceso.

Jurisprudencia

El Tribunal Supremo define a los detectives privados como testigos privilegiados y añade en diferentes sentencias que es “un instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador” (STS 6-11-90). Esta misma sentencia dice que “el testimonio emitido por los detectives privados tiene, a favor de su veracidad, no sólo la garantía de profesionalidad exigible y en principio también presumible, en una profesión reglamentada legalmente, sino también de la que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada dedicación al objeto del ulterior testimonio a emitir y las complementarias acreditaciones gráficas o sonoras de que puede ir acompañada”.

“La ley procesal autoriza a las partes a valerse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados por la ley, admitiéndose como tales medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido, salvo que se hubieran obtenido por procedimiento que suponga la violación de derechos fundamentales y libertades públicas” (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Sentencia de 5 de mayo de 1993).

“La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera legal que un organismo público contrate a detectives privados para investigar a sus funcionarios públicos durante su horario laboral, ya que ello no vulnera el derecho a la intimidad”. (STS 12-05-98).

Protección de datos

La Agencia de Protección de Datos ratifica a los Detectives Privados como los únicos que pueden investigar datos personales en materia financiera.

“Representantes del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil asumen en unas Jornadas sobre Morosidad que la figura del Detective Privado es el único profesional habilitado para investigar la lucha contra el intrusismo, el cumplimiento de la LOPD y la incorporación de los datos investigados por parte de la entidad financiera”.

Sentencias

PROPIEDAD INTELECTUAL

Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 1ª, Sentencia de 13 Jun. 2007, rec. 374/2007. Nº de sentencia: 325/2007 Nº de recurso: 374/2007 Jurisdicción: CIVIL LA LEY 144562/2007.

PROPIEDAD INTELECTUAL. Vulneración de derechos de autor por reproducción de obra impresa mediante fotocopias. Legitimación activa de la entidad de gestión colectiva de derechos de autor y de propiedad intelectual en el sector de la obra impresa, reconocida por el Ministerio de Cultura, pudiendo dicha entidad de gestión contratar con quien lo solicitara la concesión de autorizaciones no exclusivas de los concretos derechos por ella gestionados en condiciones razonables y bajo remuneración. La gestión colectiva de los derechos de autor no excluye la gestión individual de los derechos de propiedad intelectual por el propio autor o titular, o que éste confíe su ejercicio a un tercero. Legitimación pasiva de la demandada como responsable de las copias no autorizada de las obras gestionadas por la actora. La pre constitución de la prueba a través de un detective privado, actuando evidentemente de incógnito, no vulnera ningún derecho fundamental por cuanto ni provoca ni excita la actuación de la demandada, sino que se limita a interesar la prestación de los servicios que la misma viene realizando habitualmente. Cuantía de las tarifas de aplicación por remisión a tarifas generales debido a la ausencia de precio convenido.

RESULTADO: La AP Pontevedra estima parcialmente el recurso presentado contra la sentencia de instancia por la que se estimaba la demanda presentada por entidad de gestión de derechos de autor por copia de obras impresas sin autorización de ésta, declarándose la legitimación activa de la entidad y la legitimación pasiva de la demandada como responsable de las copias.

DIVORCIO

Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª, Sentencia de 2 Mar. 2009, rec. 411/2008. Nº de sentencia: 85/2009 Nº de recurso: 411/2008 Jurisdicción: CIVIL LA LEY 63665/2009.

DIVORCIO. Modificación de medidas definitivas. PENSIퟀ�”N COMPENSATORIA. Se declara extinguido el derecho a percibir pensión compensatoria por convivencia marital de la beneficiaria con otra persona. Del convenio regulador suscrito por los litigantes no resulta imposibilidad de extinguir la pensión compensatoria por la causa de convivencia análoga a la marital. Dadas las dificultades para obtener prueba directa de dicha convivencia, se considera suficiente la prueba indiciaria, siempre que las evidencias sean serias y plausibles. La referida convivencia puede deducirse tanto del hecho de que la demandada fue emplazada en el domicilio de la tercera persona con la cual el actor aduce existe la relación marital, como del hecho de que su hijo está viviendo en el domicilio de la referida tercera persona, así como del propio informe del detective privado que se ratificó en el acto del juicio, a lo que se une la declaración de uno de los hijos de los litigantes, que manifestó que su madre tiene pareja.

RESULTADO: La AP Santa Cruz de Tenerife confirma la extinción de la pensión compensatoria por convivir maritalmente la beneficiaria con otra persona.

DESPIDO DISCIPLINARIO

Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Sala de lo Social, Sentencia de 26 Feb. 2007, rec. 601/2006. Nº de sentencia: 229/2007 Nº de recurso: 601/2006 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY 38383/2007

DESPIDO DISCIPLINARIO. TRANSGRESIÓN DE LA BUENA FE CONTRACTUAL. Vendedora que se prevale de su posición en la empresa para obtener un lucro personal, al percibir desde hacía varios años y de manera habitual sustanciosas comisiones de una de las entidades financieras que tenía suscrito un contrato de colaboración con la empresa para la financiación de la compra de vehículos, procurando desviar hacia la referida entidad a todos los compradores que necesitaban financiar su operación, sin informar nunca a la empleadora de tales circunstancias. PRESCRIPCIÓN. Infracción no prescrita. Infracción continuada conocida a través de la investigación de un detective privado.

RESULTADO: El TSJ Canarias desestima el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora contra la sentencia de instancia que desestimó su pretensión declarando el despido procedente.

DESPIDO PROCEDENTE

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Social, Sentencia de 25 Abr. 2006, rec. 485/2006. Nº de recurso: 485/2006 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY 73491/2006 DESPIDO PROCEDENTE.

Faltas repetidas e injustificadas de asistencia. Trabajador que durante varios días no asistió a su trabajo durante la jornada de la mañana o de la tarde, o lo hizo con retraso. DERECHO A LA INTIMIDAD. La vigilancia y control del trabajador por un detective privado no vulnera su derecho a la intimidad. Medida necesaria para la comprobación de las sospechas acerca de la comisión de tan graves irregularidades.

RESULTADO: El TSJ País Vasco desestima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Bilbao que declaró procedente su despido.

DESPIDO PROCEDENTE

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sentencia de 18 Oct. 2005, rec. 2354/2005. Nº de sentencia: 3301/2005 Nº de recurso: 2354/2005 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY 257435/2005.

DESPIDO PROCEDENTE. Competencia desleal. Trabajador que junto otros dos antiguos trabajadores de la empresa, inició actividad concurrente con su empleadora, a través de una empresa constituida a través de su esposa, cuyo objeto social es el mismo y a cuya constitución invitó a clientes de ésta. Prueba testifical consistente en la manifestación de un detective privado que escuchó una conversación en un establecimiento público entre el trabajador y otras personas, que no vulnera el derecho a la intimidad al ser un establecimiento público.

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